BANDO
Hago saber:
Que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la creación de superficies forestales, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desenvolvemento Rural (Feader) en el marco del programa de desenvolvemento rural de Galicia 2014-2020, y se convocan para el año 2020, en régimen de concurrencia competitiva.
BENEFICIARIOS:
- Los propietarios particulares de forma individual.
- Los proindivisos
- Las Sofor
- Asociaciones y agrupaciones de propietarios particulares formalmente constituídas.
- Cooperativas agrarias
- Los mondes de varas, abertais, de voces, de vocerío e fabeo.
- Comunidades de bienes
- las CMVMC
LAS ACTUACIONES INCLUIDAS:
Gastos de plantación forestal y de área de defensa contra incencios forestales, la roza de la vegeración preexistente, la preparación previa del terreno, adquisición de planta, arreglo de pista forestal, los honorarios de redacción del proyecto. El IVE no es subvencionable.
SUPERFICIES MÍNIMAS para solicitar las ayudas.
- Para las Sofor la superficie mínima 3 hectáreas, en uno o varios coutos redondos.
- Para el resto de los solicitantes, la superficie de actuación mínima 1 hectárea.
ESPECIES INCLUIDAS
Serán objeto de subvención las coníferas (Piño y pseudotsuga) con marcos de plantación inferior a 3m y las frondosas (aliso, fresno, castaños, cerezos, roble, nogales, robles…), con marco de plantación inferior a 4m.
El plazo de presentación de las solicitudes acaba el 22 de Enero de 2020.
El Alcalde: Fco. Armando Veiga Romero