BANDO
ORDEN de 26 de noviembre de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras
de las ayudas para el fomento de la contratación de los seguros agrarios y se convocan para el año 2020.
Beneficiarios:
Titulares de explotaciones agrarias, ganaderas y de acuicultura continental.
Entidades aseguradoras autorizadas:
La suscripción del seguro se realizará exclusivamente a través de las Entidades aseguradoras autorizadas por el Ministerio de Economía y Empresa e incluidas en Agroseguro.
La contratación con éstas entidades se podrá realizar de forma individual o bien de forma colectiva por medio de tomadores de seguro.
Líneas de seguro y cuantías.
1º Para las líneas de seguros agrícolas, de explotaciones ganaderas y acuícolas estabécese un límite máximo del 65% del recibo de la prima, sin tener en cuenta los recargos de contratación.
2º En el caso de los seguros de retirada y destrucción de animales muertos en las explotaciones, la subvención conjunta no podrá exceder el límite genérico del 80% del recibo de la prima, sin tener en cuenta los recargos por contratación.
Inicio y plazo
Las fechas de inicio y plazo de suscripción y formalización de la correspondiente póliza de seguro se señalan de forma particular para cada línea de contratación en el Plan anual para el año 2020, donde constan las fechas de inicio para la suscripción de las pólizas de seguro que se trate.
El Alcalde
Fco Armando Veiga Romero